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La Violencia Obstétrica es Violencia de Género, Denunciá.

Si tus derechos no fueron respetados, denunciá

"La violencia obstétrica es más que prácticas invasivas como la episiotomía, el uso de fórceps, el raspaje de útero sin anestesia, la cesárea injustificada o el suministro de medicación innecesaria. La violencia obstétrica es, además, psicológica y se traduce en burlas, humillación, desprecio y maltrato en general. Estas últimas prácticas llevadas a cabo por los profesionales de la salud y sus colaboradores, en la mayoría de los casos, constituyen ilícito penal." Defensor del Pueblo de la Nación

Cuestión de Género: Artículo 4º de la Ley Nº 26.485: “Se entiende por violencia contra las mujeres como “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual…” Violencia obstétrica: aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929. ( ARTICULO 6º inciso "e" de la ley 26.485)

EL SÍNDROME DE ESTRÉS POSTRAUMÁTICO COMO SECUELA OBSTÉTRICA "Lo cierto es que con el aumento del intervencionismo obstétrico en las últimas décadas (y crecimiento del uso de fórceps, episiotomías cesáreas) muchísimas madres han visto como en el parto se les hacían dichas intervenciones quirúrgicas bajo el argumento de que había un "grave riesgo para la salud de su bebé o de ellas mismas de no hacerlo urgentemente". Por lo tanto se entiende que no es tan importante como haya sido el parto objetivamente ni cuan real haya sido el peligro ni que el bebé haya salido indemne del parto, sino el hecho de que durante el parto la madre haya pensado que ella o su bebé corrían grave peligro y haya reaccionado sintiendo miedo, indefensión u horror (en palabras de una madre: Sentí, en el quirófano, que si algo iba mal y moría, nadie que me quisiera iba a estar allí sosteniéndome la mano. Y que no vería a mi hijo)"

Ibone Olza Fernandez. Doctora en Medicina. Especialista en Psiquiatría. Hospital Universitario Puerta de Hierro. Madrid.

Cómo Denunciar Cuestión de Género: Artículo 4º de la Ley Nº 26.485: “Se entiende por violencia contra las mujeres como “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual…”.Violencia obstétrica: aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929. ( ARTICULO 6º inciso "e" de la ley 26.485)​

Si bien las leyes argentinas ya tienen más de una década sancionadass, no se ha logrado cambiar todo lo necesario para que se cumplan, específicamente no se ha logrado que las prácticas médicas dejen de pensarse desde la intervención innecesaria y pongan el deseo y los derechos de las mujeres en primer plano.Sabemos que es difícil decidir hacer la denuncia de Violencia Obstétrica, es difícil reconocer lo ocurrido, armar el relato y buscar justicia y reparación.

La denuncia sirve para visibilizar lo que ocurre, para que los organismos inicien acciones correctivas de esta dolorosa realidad y para que creemos los caminos de justicia con perspectiva de género que se están reclamando desde diversos sectores. A continuación ponemos a disposición información sobre organismos en los que se pueden denunciar hechos de Violencia Obstétrica.

Sugerimos armar el relato con el formulario de CONSAVIG y luego presentar copias en los demás organismos. ​Podés realizar tu denuncia a la CONSAVIG ​

Cómo Realizar una Denuncia - Orientaciones de CONSAVIG​

CONSAVIG es la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género. La tarea de la CONSAVIG es articular a nivel nacional, provincial y municipal con todos los poderes para coordinar acciones que contribuyan en el diseño de sanciones contra la violencia de género entendiendo que la sanción debe ser una medida reparadora para la/s víctima/s.

Perla Prigoshin

Corrientes 327, piso 14

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

La CONSAVIG no tramita denuncias (solo coordina acciones contra la violencia de género), pero se recomienda hacerles llegar una copia de las denuncias que se realicen ante otros organismos, para que estén informados y puedan monitorear las mismas. ​Denuncia de la Violencia Obstétrica: Instructivo y modelo de nota para iniciar un reclamo administrativo​Modelos e instructivos para denunciar la violencia obstétrica de Perla Prigoshin

Otros espacios para llevar tu denuncia

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL DE LA NACIÓN

https://www.argentina.gob.ar/derechoshumanos/proteccion/violencia-obstetricaSi sufriste vulneración de tus derechos o necesitás más información, llamanos al 0800-122-5878.

Línea gratuita para todo el país.

​Ministerio de Salud de la Nación:

Dirección de Salud Sexual y Procreación Responsable

Av. 9 de Julio 1925 (C1073ABA)Buenos Aires - República Argentina

Se puede hacer la denuncia online:

http://www.msal.gov.ar/saludsexual/denuncias.php

También se puede hacer la denuncia ante el Ministerio de Salud Provincial. Buscar en internet la dirección del Ministerio en cada provincia.

Dirección de Género y Diversidad

Dirección: España 16, Barrio Bombal de Ciudad

Teléfono: 4241862 – 4242281

Correo: dmgd@mendoza.gov.ar

Facebook: www.facebook.com/mujerydiversidad2016

Web: www.generoydiversidad.mendoza.gov.arc63e3w3

Twitter: @generoydiversid

Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes

Subsecretaría de Desarrollo Social

INADI:

Daniel Alejandro Di Giuseppe

Dirección: Peltier 50, local 3. Mendoza

Código Postal: M5500AMD

Teléfono: (0261) 424-3182

Horario de atención: lunes a viernes de 8 a 16 horas

Correo electrónico: mendoza@inadi.gob.ar

Director del INADI

Moreno 750 1° piso(C1091AAP)Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Se puede enviar al INADI en Buenos Aires o a la oficina local en cada provincia/localidad.

Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación:

Formulario B, disponible aquí:

http://www.sssalud.gov.ar/index/index.php?cat=beneficiarios&opc=reclamos

Obra Social:Formulario A (de la Superintendencia de Seguros de la Nación), disponible aquí:

http://www.sssalud.gov.ar/index/index.php?cat=beneficiarios&opc=reclamos

Documentación a presentar en Superintendencia y Obra Social:

DNI.

CUIL o CUIT.

Últimos recibos de sueldo.

Últimos pagos de monotributo y/o servicio doméstico.

Últimos pagos de cuota adherente y/o superador.

Carnet de la obra social (en caso de corresponder).

Diagnóstico médico, original y copia.

Prescripción actualizada del médico tratante de la obra social.

Toda otra documentación que haga a su derecho; original y copia.

Colegio de Médicos:

Tribunal de Ética del Colegio de Médicos de la Ciudad de xxx.

Averiguar la dirección postal del colegio de médicos de cada localidad (la denuncia se debe realizar en el colegio de médicos correspondiente al lugar en donde transcurrieron los hechos).

También podés realizar tu denuncia al Defensor del Pueblo de la Nación​Las denuncias pueden realizarse en el DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACIÓN, personalmente o por correo a Suipacha 365 (C1008AAG) / CABA Argentina, a través de una nota explicando lo sucedido. Ante cualquier duda, el Defensor pone a disposición sus contactos para casos de violencia obstétrica. Puede escribir a oficina_genero@defensor.gob.ar, por teléfono al 4819-1500 o al 144 todos los días las 24 horas.

Link: http://www.dpn.gob.ar/contacto.php

¿Cómo presentar su denuncia?

"La violencia obstétrica es más que prácticas invasivas como la episiotomía, el uso de fórceps, el raspaje de útero sin anestesia, la cesárea injustificada o el suministro de medicación innecesaria.La violencia obstétrica es, además, psicológica y se traduce en burlas, humillación, desprecio y maltrato en general. Estas últimas prácticas llevadas a cabo por los profesionales de la salud y sus colaboradores, en la mayoría de los casos, constituyen ilícito penal." Defensor del Pueblo de la Nación

Direcciones postales/electrónicas para reclamación por violencia obstétrica:

Defensoría del Pueblo de la Nación Argentina:Secretario General

CPN Carlos Haquim

Suipacha 365C1008AAGCiudad Autónoma de Buenos Aires Se puede realizar también ante la Defensoría del Pueblo local (provincial). En la Provincia de Buenos Aires, la responsable es Laurana Malacalza (quien coordina además el Observatorio de Violencia de Género). La Violencia Obstétrica es Violencia de Género

EN MENDOZA

Dirigirse a la Dirección de la Mujer

¿QUIENES PUEDEN CONCURRIR?

Mujeres y personas de todo género, edad, raza, nacionalidad, que sufran algún tipo de violencia, sus representantes, terceros y quien tome conocimiento de que una mujer padece violencia.Para realizar denuncias de violencia de género en la Dirección de la Mujer Palacio de Justicia - Avenida España 480, 2° piso, Ala Norte, oficinas 9, 10 y 15 - Capital de Mendoza de lunes a viernes de 7 30 a 13 30 horas.

Asesoramiento de 13.30 a 20.00 hs.: 261 6842676

Mail: direcciondelamujer@jus.mendoza.gov.ar

DIRECCIÓN: Dra. Stella SpeziaTeléfonos: 4493236 / 4495749 / 4498655 / 4498626.​

En Tunuyán, Tupungato, San Carlos

Secretaría: Dra. Nadia Aloisio

República de Siria e Irigoyen - planta baja - Tunuyán (frente a la Municipalidad)

Horario de atención: Lunes a Viernes de 7.30 a 13.30 hsTeléfono: 261 6832107

Mail: direcciondelamujerc4@jus.mendoza.gov.ar

Para consultas comuníquese con la línea gratuita de información judicial: 0800-666-5878

LEYES NACIONALES Y PROVINCIALES

LEY 25929 Ley de Parto Humanizado

•Ley Provincial Nº 8130

•Ley 26529 Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud.

Ley 26485 Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales

•​Aprobación de la Reglamentación de la Ley N° 25.929 sobre Parto Humanizado

•Ley 25673 - Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable

•Ley 26061 Ley de Protección Integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes

•Ley 26279 de Pesquisa neonatal

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